Título Décimo Tercero — De la Jurisdicción Voluntaria
Capítulo IX Disposiciones Relativas a Otros Actos de Jurisdicción Voluntaria
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Índice de la leyArtículo 1064
Se tramitarán como está prevenido para los incidentes, oyendo precisamente a los interesados con derecho a oponerse y al Agente de la Procuraduría Social:
I. Las dispensas que para contraer matrimonio procedan conforme al Código Civil, y
II. La dispensa para no habitar en el domicilio conyugal por alguno de los cónyuges o concubinos, en los casos previstos por el Código Civil.
TITULO DECIMOCUARTO Del Procedimiento en los Negocios de la Competencia de los Jueces de Paz.
Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial