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Leyes Descargar AYA

Libro Primero — Del proceso en general

Título Segundo — De los actos procesales

Capítulo IV De la presentacion de documentos

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Artículos 112 al 116 · 5 artículos

Artículo 112

Documentos anexos a demanda o contestación. A toda demanda o contestación deberán acompañarse necesariamente los documentos señalados en los artículos 351 y 363 de este Código.

Artículo 113

Documentos que funden la pretensión. También deberá acompañarse a toda demanda o contestación, el documento o documentos en que la parte interesada funde su derecho.

Artículo 114

Documental posterior al ofrecimiento de pruebas. De todo documento que se presente después del plazo de ofrecimiento de pruebas se dará traslado a la otra parte, para que dentro del tercer día manifieste lo que a su derecho convenga.

Artículo 115

Impugnación a la admisión de documentos. Cuando la impugnación del documento nuevo se refiera a su admisión por no hallarse en ninguno de los casos expresados de documentos supervenientes, el Juez reservará para la definitiva la resolución de lo que estime procedente.

Artículo 116

Traslado de copias. Las copias de los escritos y documentos se entregarán a la parte contraria al notificarle la providencia que haya recaído en el escrito respectivo, o al hacerle la citación o emplazamiento que proceda, siguiendo lo ordenado por el artículo 90 de este Código.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial