Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1505 Código Civil del Estado de Chihuahua

Libro Tercero — De las sucesiones Título Cuarto — De la sucesión legítima Capítulo II — De la sucesión de los descendientes

Concurriendo los padres adoptantes y descendientes del adoptado, los primeros sólo tendrán derecho a alimentos, cuando el adoptado tuviere obligación de proporcionarlos.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial