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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo — De los delitos en particular

Título Primero — Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado

Capítulo IV Disposiciones Generales para los Delitos Contra el Orden Constitucional y la Seguridad del Estado

Código Penal del Estado de Yucatán

Artículos 150 al 152 · 3 artículos

Artículo 150

Quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer los delitos previstos en este Título, serán sancionados con prisión de uno a seis años y de cincuenta a doscientos días-multa.

Artículo 151

Además de las sanciones señaladas en este Título, se impondrá a los responsables, si fueren mexicanos la suspensión de sus derechos políticos por un plazo hasta de diez años, que se computará a partir del cumplimiento de su condena.

Cuando los hechos delictuosos a que se refiere este Título fueren cometidos por servidores públicos del Estado o de los Municipios, además de las sanciones que correspondan, se impondrá la destitución del cargo o empleo y la inhabilitación para obtener otro en el servicio público por un término hasta de diez años.

Artículo 152

Para todos los efectos legales, sólo se considerarán como de carácter político los delitos consignados en este Título, con excepción de los previstos en los artículos 141, 142 y 144 de este Código.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial