Artículo 56 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
El titular del Órgano Interno de Control, será designado en términos de lo dispuesto de fracción la LX del artículo 58 de la Constitución del Estado y 133 y 134 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, durará en su encargo seis años, tendrá un nivel jerárquico igual al de un Director General o su equivalente en la
estructura orgánica del propio órgano, y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la Entidad de Fiscalización del Estado a que se refiere el artículo 76 de la Constitución del Estado
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tamaulipas, con la reforma del 24 de marzo de 2026. Documento oficial