Artículo 26 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco
Capítulo VI
Requisitos para ser titular de otras unidades
Los coordinadores, titulares de unidad, directores generales y de área deberán reunir los requisitos que se establezcan en el Reglamento Interior y las demás disposiciones aplicables.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tabasco, con la reforma del 7 de noviembre de 2018. Documento oficial