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Leyes Descargar AYA

Artículo 62 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla

Capítulo ÚNICO

La Fiscalía General del Estado, establecerá una política institucional de prevención de la corrupción, que comprenderá: l. La identificación de áreas de riesgo;

II. Una campaña permanente de prevención;

III. La supervisión permanente del servicio de procuración de justicia;

IV. La incentivación de las denuncias por corrupción, y V. La atención expedita de las quejas denuncias que se presenten.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Puebla / Orden Jurídico Poblano, con la reforma del 18 de agosto de 2023. Documento oficial