Artículo 61 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla
Capítulo ÚNICO
La investigación y persecución de los delitos a cargo de la Fiscalía General del Estado se rige, además de los principios previstos en el artículo 4 de esta Ley, por los de lealtad, imparcialidad, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Puebla / Orden Jurídico Poblano, con la reforma del 18 de agosto de 2023. Documento oficial