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Leyes Descargar AYA

Artículo 42 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca

Capítulo I

El Servicio estará sujeto a un Régimen Disciplinario y comprenderá las etapas de Ingreso, Desarrollo y Conclusión, conforme a lo siguiente y lo que establezca el Reglamento del Servicio:

I. El Ingreso comprende los requisitos, procedimientos y demás aspectos de la convocatoria, el reclutamiento, el concurso de ingreso y de selección, la formación inicial, el certificado y registro a que alude esta Ley Orgánica, el nombramiento y adscripción inicial, así como el reingreso;

II. El Desarrollo comprende los requisitos, procedimientos y demás aspectos del plan individual de carrera, la profesionalización a través de la formación continua y capacitación respectiva, la promoción, los estímulos y reconocimientos, la antigüedad, la renovación del certificado y registro a que alude esta Ley Orgánica, las comisiones, los permisos, las licencias, la rotación, los cambios de adscripción y la práctica de los procedimientos de evaluaciones.; y

III. La Conclusión comprenderá las causas ordinarias y extraordinarias de la misma, así como el procedimiento respectivo de separación o de remoción según corresponda.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Oaxaca, con la reforma del 3 de julio de 2024. Documento oficial