Artículo 40 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit
Capítulo I
- Previo al ingreso como elemento de la Agencia de Investigación Criminal se
realizará
la
consulta
del
aspirante
en
los
Registros
del
de
y,
en
su
en
el
de
Información
Pública. (FE DE ERRATAS, P.O. 28 DE JUNIO DE 2019
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial