Artículo 37 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo III
La integración, funciones y atribuciones de las Unidades Administrativas, así como de los titulares que integran la Fiscalía Anticorrupción, y las demás cuestiones que así lo exijan, se establecerán en el reglamento respectivo.
SECCIÓN TERCERA DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN DELITOS ELECTORALES
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial