Artículo 36 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo III
Con independencia de lo establecido en el artículo que antecede, la Fiscalía Anticorrupción contará con la estructura que al efecto se establezca en el Reglamento, así como en los Manuales Administrativos conforme a lo previsto en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, esta Ley y demás normativa aplicable, atendiendo a su propio presupuesto
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial