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Leyes Descargar AYA

Artículo 35 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Capítulo III

Para el despacho de los asuntos de su competencia, la Fiscalía Anticorrupción contará con las siguientes Unidades Administrativas:

I. Secretaría Técnica;

II. Vice-Fiscalías;

III. Coordinaciones Generales;

IV. Direcciones Generales;

V. Visitaduría Interna, y VI. Las demás que resulten necesarias para su funcionamiento y las que disponga la normativa aplicable y reglamentaria, de conformidad con el presupuesto autorizado para ello.

Cada Unidad Administrativa contará con los Directores, Coordinadores, Agentes del Ministerio Público, Oficiales Auxiliares del Ministerio Público, Peritos y demás personal que sea necesario para el cumplimiento de sus funciones, conforme a la disponibilidad presupuestaria y lo previsto en el Reglamento

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial