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Leyes Descargar AYA

Artículo 27 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Capítulo III

Sin perjuicio de lo que se establece en esta ley, la integración, funciones y atribuciones de cada una de las Unidades Administrativas, así como de los titulares que las integran, se establecerán en el Reglamento.

Cada Unidad Administrativa contará con los Directores, Coordinadores, Agentes del Ministerio Público, Oficiales Auxiliares del Ministerio Público, operadores de justicia alternativa y demás personal que sea necesario para el cumplimiento de sus

funciones, conforme a la disponibilidad presupuestaria y lo previsto en el Reglamento.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial