Artículo 52 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
Capítulo I
En su respectivo marco de competencias, las autoridades deberán colaborar, apoyar y auxiliar al Ministerio Público cuando así lo solicite, en términos de lo dispuesto en la Constitución General y la Constitución Local, y demás marco jurídico aplicable.
Dichas autoridades serán corresponsables de las actuaciones y diligencias que formen parte de la investigación o proceso penal, por lo que, en su caso, deberán comparecer ante las autoridades competentes y rendir los informes correspondientes.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial