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Leyes Descargar AYA

Artículo 41 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato

Capítulo V

Quien ostente la titularidad del Órgano Interno de Control, durante el ejercicio de su cargo, no podrá:

I. Desempeñar otro empleo, cargo o comisión, excepto las actividades docentes; y

II. Hacer del conocimiento de terceros o difundir de cualquier forma, la información confidencial o reservada que sea de su conocimiento con motivo de su cargo, o tenga bajo su custodia, la que sólo podrá utilizarse para el ejercicio de sus atribuciones.

Causas de remoción

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial