Artículo 33 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
Capítulo V
A la AIC le compete la planeación, coordinación, ejecución, supervisión y evaluación de acciones, así como la recolección, análisis, correlación y diseminación de información, para combatir táctica y estratégicamente al delito, mediante esquemas de inteligencia, tecnológicos, científicos y forenses que respalden la investigación del delito.
Atribuciones de la AIC
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial