Artículo 76 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo III
De la Permanencia. La permanencia es el resultado del cumplimiento constante de los requisitos establecidos en esta ley y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, para continuar en el servicio activo en las Fiscalía General
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial