Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 45 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Capítulo SEGUNDO

Representación. La persona Titular de la Fiscalía General, será representada ante las autoridades judiciales, administrativas y del trabajo por las personas servidoras públicas que señale esta Ley y su Reglamento, por las personas titulares de unidades administrativas y o Las o Los Agentes del Ministerio Público que se designen para el caso concreto

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de México, con la reforma del 25 de mayo de 2023. Documento oficial