Artículo 75 Nonies Constitución Política del Estado de Yucatán
Este es el texto que AYA registró el 15 de mayo de 2026. Ya no es el vigente: cambió después, el 27 de julio de 2026. Ver qué cambió · Ver el texto vigente
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
Son autoridades garantes estatales, Transparencia para el Pueblo de Yucatán; el órgano de control y disciplina del Poder Judicial; los órganos de control interno de los organismos constitucionales autónomos; la Contraloría interna del Poder Legislativo del Estado; el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, en cuanto a la información pública de los partidos políticos; el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Yucatán y los Tribunales Laborales del Poder Judicial del Estado, estos dos últimos en cuanto al acceso a la información pública de los sindicatos, sus atribuciones y obligaciones se establecerán en las leyes que para tal efecto expida el Congreso del Estado.
Los sujetos obligados, deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en términos de lo previsto en el artículo segundo de esta Constitución local. Artículo adicionado DO 21-07-2025