Artículo 156 Constitución Política del Estado de Quintana Roo
Capítulo VI
En lo conducente y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios, para hacer efectivas las atribuciones señaladas en el presente capítulo. Artículo reformado POE 31-03-1983, 21-11-1983, 15-02-2001, 17-07-2002, 24-10-2003
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial