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Leyes Descargar AYA

Artículo 152 Constitución Política del Estado de Michoacán

Título NOVENO

Los cargos de elección popular y empleos de que habla esta Constitución, sólo podrán recaer en individuos que pertenezcan al estado seglar.

(REFORMADO, P.O. 1 DE FEBRERO DE 1960)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial