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Leyes Descargar AYA

Artículo 95 Constitución Política del Estado de Baja California Sur

Capítulo III

El Tribunal Superior de Justicia funcionara en los términos de esta Constitución y en los que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California Sur (vía TSJ BCS), con la reforma del 4 de junio de 2026. Documento oficial