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Leyes Descargar AYA

Artículo 524 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo II

La adhesión a la apelación sólo puede versar sobre el punto o puntos resolutivos de la sentencia recurrida que no hayan sido favorables al adherente, o sobre los fundamentos jurídicos de los puntos resolutivos que le hayan sido favorables

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial