Artículo 523 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
Del escrito en que la contraparte se adhiera a la apelación se dará traslado al apelante, para que a su vez conteste, dentro de seis días, los agravios expresados por el adherente.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial