Artículo 420 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
La condena en costas procede en contra del que no obtuviere resolución favorable en lo principal, incidentes o en los recursos de apelación y reclamación
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial