Artículo 419 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
Los gastos y costas deberán estar justificados mediante pruebas idóneas las que se acompañarán al escrito mediante el que se formula la planilla respectiva.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial