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Leyes Descargar AYA

Artículo 235 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo SÉPTIMO

Serán inadmisibles y el Tribunal desechará de plano, las pruebas que se ofrezcan sin la expresión concreta de lo que se pretende probar

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial