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Leyes Descargar AYA

Artículo 95 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo IV

Las copias de los escritos y documentos se entregarán a las partes contrarias al notificarle las providencias que ordenen correr su traslado y haya n recaído al escrito respectivo, o al hacerles la citación o emplazamiento que proceda.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial