Artículo 9 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
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- Sin cambios
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*03.- Derogado REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Cuarto Transitorio del Código Procesal Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 4481 Sección Tercera de 2006/09/06. Vigencia: 2006/10/01. Antes decía: El concurso de sociedades civiles comprende a los socios de responsabilidad ilimitada y solidaria. Los concursos de las sociedades civiles determinan que los socios que sean ilimitada y solidariamente responsables, sean considerados también en estado de concurso.