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Leyes Descargar AYA

Artículo 580 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo I

Los árbitros pueden condenar en costas, daños y perjuicios. Los árbitros pueden condenar en costas, daños y perjuicios a las partes, e imponer multas, pero para emplear los medios de apremio deben ocurrir al Juez ordinario

Historial de este artículo

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  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial