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Leyes Descargar AYA

Artículo 477 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo XIII

Protesta y orden de examen de los testigos. Una vez identificados los testigos, se asentará la razón en el acta de los documentos o medios que sirvieron para ese fin, se pasará a la protesta de decir verdad y al examen de los testigos que se hará en presencia de las partes que concurrieren. A renglón seguido proseguirá el desarrollo de la prueba

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial