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Leyes Descargar AYA

Artículo 21 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo I

El que tiene una acción o derecho puede renunciarlos; pero si lo hiciere durante el juicio se observará la regla del artículo 25 de este Código

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial