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Leyes Descargar AYA

Artículo 966 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango

Capítulo VII

Ante los jueces municipales y auxiliares no será necesaria la intervención de abogado ni se exigirá ritualidad alguna ni forma determinada en las promociones o alegaciones que se hagan

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial