Artículo 106 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Capítulo IV
- Si se ignora el lugar en que reside la persona que deba ser notificada, la primera notificación se hará publica ndo la determinación respectiva, por tres veces, en el espacio de quince días, en el Periódico Oficial del Estado. Si la notificación fuere de emplazamiento para comparecer en juicio, el término para contestar la demanda será de quince a treinta días, fijándolo el juez
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial