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Leyes Descargar AYA

Artículo 318 Octies Código Penal del Estado de Veracruz

Capítulo II

Serán atenuantes punitivas y reducirán la pena hasta en un tercio, las siguientes:

I. Que el autor o partícipe proporcione información que conduzca a dar con el paradero de los restos corpóreos de la víctima; y

II. Que el autor material del delito proporcione información relativa a la responsabilidad y paradero del autor intelectual y se logre la ubicación o captura de éste.

(REFORMADA SU NUMERACIÓN, G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial