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Leyes Descargar AYA

Artículo 34 Código Penal del Estado de Hidalgo

Capítulo IV

La reparación de daños y perjuicios que deba exigirse a terceros, tendrá el carácter de responsabilidad civil y se reclamará por la vía incidental, en los términos que fije el Código Nacional de Procedimientos Penales, o en la aplicación de las leyes de la materia. Artículo reformado. P.O. Alcance cinco del 15 de julio de 2022.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 24 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial