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Leyes Descargar AYA

Artículo 1164 Código Familiar del Estado de Michoacán

Capítulo V

Las cuentas de la tutela deben ser acompañadas de sus documentos justificativos, a excepción de aquellas partidas que no excedan de dos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Son justificantes del gasto:

I. La autorización para hacer el gasto contenido en cada partida, sea la general dada al principio de la administración, o la especial; y,

II. El documento que pruebe que realmente se hizo el gasto

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial