Artículo 628 TER Código Civil del Estado de Tlaxcala
Capítulo VI
Extendida el acta se efectuará la anotación respectiva en la de matrimonio de los divorciados y la copia de la sentencia mencionada se archivará.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial