Artículo 2733 Código Civil del Estado de Querétaro
Capítulo IV
Para otorgar una fianza legal o judicial por más de quinientos días de salario mínimo general se presentará un certificado expedido por el encargado del Registro Público, a fin de demostrar que el fiador tiene bienes raíces suficientes para responder del cumplimiento de la obligación que garantice.
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