Artículo 2444 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo II
En el caso de la fracción II del artículo 2442, el titular del derecho real tendrá acción para que se declare que su derecho real afecta al nuevo bien.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial