Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1295 Código Civil del Estado de Chihuahua

Libro Tercero — De las sucesiones Título Segundo — De la sucesión por testamento Capítulo VII — De los legados Sección Primera — Disposiciones generales

A falta de disposición legal expresa, los legados se regirán:

I. Por las normas de la herencia.

II. Por las que este Código establece para regir relaciones entre el acreedor y el deudor, en cuanto a los derechos y obligaciones que surgen entre los legatarios y los obligados a pagar el legado.

[Artículo reformado mediante Decreto No. 425-02 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 102 del 21 de

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial