Artículo 146 Ley del Seguro Social
Capítulo V
Los recursos necesarios para financiar las prestaciones y los gastos administrativos del seguro de invalidez y vida, as í como la constitución de las reservas técnicas, se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones, los trabajadores y demás sujetos obligados, así como de la contribución que corresponda al Estado
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