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Artículo 69 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur

Capítulo XII

Para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Oficialía Mayor tendrá a su cargo las siguientes áreas:

I. Departamento de Recursos Financieros;

II. Departamento de Recursos Humanos;

III. Departamento de Recursos Materiales;

IV. Departamento de Servicios Generales;

V. Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación;

VI. Departamento de Control de Gestión;

VII. Departamento de Archivo Ministerial;

VIII. Almacén; y IX. Bodega de Evidencias. Las áreas señaladas dependerán jerárquicamente del Oficial Mayor y deberán cumplir con las obligaciones que señale el Reglamento Interior, así mismo para el desempeño de sus funciones, la Oficialía Mayor contará con el personal técnico y administrativo que señale el presupuesto.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de CNDH - Repositorio de Armonización Normativa, con la reforma del 27 de junio de 2017. Documento oficial