Artículo 49 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur
Capítulo X
La Procuraduría contará con la adscripción de un Órgano Interno de Control que tendrá a su cargo de (sic) promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno, así como la investigación, substanciación y calificación de las faltas administrativas de su competencia. En el Ejercicio de las funciones y facultades que la Ley de Responsabilidades Administrativas otorgue al Órgano Interno de Control se sujetará a los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, congruencia, verdad material y respeto a los derechos humanos. Fe de Erratas:
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de CNDH - Repositorio de Armonización Normativa, con la reforma del 27 de junio de 2017. Documento oficial