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Artículo 15 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur

Capítulo II

La investigación a cargo del Ministerio Público, tiene por objeto reunir indicios y evidencias para el esclarecimiento de los hechos y en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, así como para llevar a cabo el ofrecimiento de los medios de prueba que sustenten la acusación contra el imputado, a fin de procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de CNDH - Repositorio de Armonización Normativa, con la reforma del 27 de junio de 2017. Documento oficial