Artículo 56 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
La Fiscalía General elaborará su anteproyecto de presupuesto anual de egresos, el cual será remitido a la Secretaría de Finanzas del Gobierno, para su incorporación en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado que se remita al Congreso Local. En todo caso deberá garantizarse la autonomía e independencia financiera de la Fiscalía General.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, con la reforma del 5 de julio de 2024. Documento oficial