Artículo 33 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala
Capítulo VIII
El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos 31 y 32 de esta Ley dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, con la reforma del 5 de julio de 2024. Documento oficial