Artículo 94 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas
Capítulo II
La Unidad Especializada en Combate al Secuestro y Extorsión, será un órgano desconcentrado dependiente directamente de la persona titular de la Fiscalía General, estará integrada con personal especializado y contará con la Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Secuestro, la Unidad Especializada en la Investigación del Delito de Extorsión, Dirección de Administración, Capacitación y Evaluación, Dirección de Atención a Víctimas, Unidad de Manejo de Crisis y Negociación y Unidad de Operación, además de Agentes del Ministerio Público, peritos y policías investigadores, así como con los recursos humanos, financieros, materiales y las áreas que sean necesarias para su efectiva operación.
Tiene por objeto llevar a cabo toda investigación e intervención para el esclarecimiento de los hechos que puedan ser constitutivos de los delitos en materia de secuestro y extorsión, así como para dar seguimiento al juicio respectivo, con las atribuciones y obligaciones que para el Ministerio Público y Policía establecen, la Constitución General, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado, la presente Ley Orgánica, así como las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones aplicables. Tiene Artículo reformado, P.O. Edición Vespertina Extraordinario No. 59, del 15 de diciembre de 2025.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tamaulipas, con la reforma del 24 de marzo de 2026. Documento oficial