Artículo 76 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas
Capítulo II
El Servicio de Carrera será el sistema integral de regulación y capacitación del servicio público de todo el personal sustantivo que preste servicios en la Fiscalía General, que garantizar á la igualdad de oportunidades, idoneidad y mérito para el ingreso y reclutamiento, ascensos, estímulos y recompensas.
El Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera estar á́ a cargo de la rectoría del Consejo de Fiscales a través de la Dirección General de Formación y Servicio Profesional de Carrera. Su estructura, procedimientos y gestión estarán regulados en el Reglamento correspondiente y lineamientos que emita el Consejo de Fiscales.
El Servicio de Carrera ser á́ organizado con la finalidad de estimular el profesionalismo, la rectitud, la independencia técnica; fomentar la iniciativa, innovación y la eficiencia institucional; y prevenir las violaciones a derechos humanos, así́ como los actos de corrupción
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tamaulipas, con la reforma del 24 de marzo de 2026. Documento oficial